Detalles MARC
000 -CABECERA |
campo de control de longitud fija |
05127nam a22003017a 4500 |
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL |
campo de control |
OSt |
005 - FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN |
campo de control |
20181217101905.0 |
008 - DATOS DE LONGITUD FIJA--INFORMACIÓN GENERAL |
campo de control de longitud fija |
171226b xxu||||| |||| 00| 0 eng d |
020 ## - NÚMERO INTERNACIONAL ESTÁNDAR DEL LIBRO |
Número Internacional Estándar del Libro |
9789561023123 |
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN |
Centro/agencia transcriptor |
USEK |
082 ## - NÚMERO DE LA CLASIFICACIÓN DECIMAL DEWEY |
Número de edición |
21 |
Número de clasificación |
346.83078 |
Número de documento/Ítem |
S218r 2014 |
100 ## - ENTRADA PRINCIPAL--NOMBRE DE PERSONA |
9 (RLIN) |
2377 |
Nombre de persona |
Sandoval López, Ricardo. |
Fechas asociadas al nombre |
1941- |
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO |
Título |
Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas : |
Resto del título |
Derecho Concursal / |
Mención de responsabilidad, etc. |
Ricardo Sandoval López. |
250 ## - MENCIÓN DE EDICIÓN |
Mención de edición |
7a. ed. |
260 ## - PUBLICACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ETC. (PIE DE IMPRENTA) |
Lugar de publicación, distribución, etc. |
Santiago, Chile : |
Nombre del editor, distribuidor, etc. |
Jurídica de Chile, |
Fecha de publicación, distribución, etc. |
2014. |
300 ## - DESCRIPCIÓN FÍSICA |
Extensión |
469 p. |
500 ## - NOTA GENERAL |
Nota general |
Actualizada con la Ley N° 20.720 que sustituye el Régimen Concursal del Libro IV De las quiebras del Código de Comercio y la Ley N° 18.175, Orgánica de la Superintendencia de Quiebras. |
500 ## - NOTA GENERAL |
Nota general |
Reimpresión diciembre 2016 correspondiente a la Séptima edición. |
504 ## - NOTA DE BIBLIOGRAFÍA, ETC. |
Bibliografía, etc. |
Incluye Bibliografía. |
520 ## - SUMARIO, ETC. |
Sumario, etc. |
La Ley Nº 20.720, publicada en el Diario Oficial de 9 de enero de 2014, sustituye el régimen concursal previsto en el Libro IV del Código de Comercio “De las quiebras”, por una normativa de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, vigente a partir del 10 de Octubre de 2014. <br/>El autor con la versación que le caracteriza, pone en evidencia que este cambio de normativa legal se aviene con las tendencias actuales del Derecho de los Procedimientos Colectivos Concursales, que distingue entre procedimientos preventivos y reparativos o de liquidación y que establece como sujeto pasivo de ellos a la empresa deudora, en tanto entidad que reúne y coordina los factores de producción para intervenir en el mercado de bienes y servicios, que puede ser tanto una persona jurídica privada, con o sin fines de lucro, como una persona física que se dedica a actividades empresariales y tributa de esta manera. Asimismo se valora el hecho de incorporar reglas sobre la Insolvencia Transfronteriza, siguiendo la Ley Modelo de Naciones Unidas sobre esta materia.<br/>La obra en su nuevo contenido destaca que el Procedimiento Concursal de Reorganización es una Tutela de Carácter Preventivo, aplicable solo a la empresa deudora, que debe solicitarlo ante el tribunal de su domicilio, acompañada de los antecedentes que permitan justificar la situación patrimonial crítica en que se encuentra y ante ese requerimiento el juez libra una Resolución de Reorganización, cuyo efecto básico es brindar Protección Financiera Concursal. Luego la empresa deudora formula una propuesta de Acuerdo de Reorganización Judicial, cuya aprobación o rechazo es competencia de la Junto de Acreedores. El contenido, alcance y efectos del Acuerdo de Reorganización Judicial son muy similares a la proposición, tramitación y efectos del Convenio Judicial Preventivo, de la legislación hoy derogada y su rechazo conlleva la aplicación del Procedimiento Concursal de Liquidación, que equivale a la declaración de la antigua quiebra. La normativa contempla asimismo la existencia de un Acuerdo de Reorganización Extrajudicial o Simplificado, que sustituye a los acuerdos extrajudiciales previstos en la legislación anterior del Código de Comercio.<br/>Sin duda que el análisis del Procedimiento Concursal de Liquidación constituye la parte medular de esta obra, por tratarse del juicio concursal más relevante, al cual el legislador dedica una regulación más extensa y detallada. Al tratar de esta materia se distingue entre Liquidación Voluntaria solicitada por la empresa deudora y la Liquidación Forzosa que debe ser solicitada por los acreedores. El autor sostiene que al igual que la antigua quiebre, el o los acreedores que piden la aplicación de este procedimiento concursal tienen que justificar una causa de cesación de pagos, concepto que no fue definido en la nueva ley concursal, que se limita a describir hechos reveladores, que, con algunas modificaciones, siguen siendo las antiguas “causales de quiebra”.<br/>La gran novedad está representada por la creación de un Juicio de Oposición, que tiene lugar cuando la empresa deudora o el deudor controvierte la petición de los acreedores, mediante la formulación de excepciones o defensas, regulándose también los medios de prueba y la forma de producirla en una audiencia establecida al efecto. Cuando no prospera la oposición de la empresa deudora, el tribunal dicta la Resolución de Liquidación, cuyo contenido y efectos son muy similares a la declaración de quiebra. Los efectos de la Resolución de Liquidación, sean inmediatos, retroactivos y los que se originan en los actos o contratos, son reglamentados con toda minuciosidad, como así también las formas de poner término a este procedimiento. Por último, la obra contiene el estudio de las figuras delictivas que pueden cometerse en relación con los procedimientos concursales. |
590 ## - NOTA LOCAL (RLIN) |
Nota local |
SPDERD-BAS; SPDERV-BAS. |
526 ## - NOTA DE INFORMACIÓN SOBRE EL PROGRAMA DE ESTUDIO |
Nombre del programa |
DERECHO-BASICA |
650 #0 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA |
9 (RLIN) |
2378 |
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial |
QUIEBRA |
Subdivisión general |
ASPECTOS JURIDICOS |
Subdivisión geográfica |
CHILE. |
650 #0 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA |
9 (RLIN) |
2379 |
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial |
LIQUIDACION DE NEGOCIOS |
Subdivisión general |
ASPECTOS JURIDICOS |
Subdivisión geográfica |
CHILE. |
650 #0 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA |
9 (RLIN) |
2375 |
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial |
DERECHO COMERCIAL |
Subdivisión geográfica |
CHILE. |
650 #0 - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA |
9 (RLIN) |
2380 |
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial |
DERECHO CONCURSAL |
Subdivisión geográfica |
CHILE. |
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA) |
Fuente del sistema de clasificación o colocación |
Dewey Decimal Classification |
Tipo de ítem Koha |
Libro Colección General |